El Derecho Bancario es aquel que regula las operaciones de los bancos y la actividad financiera, y que afecta a las relaciones comerciales entre el cliente y la entidad financiera. A esta rama del Derecho se le atribuye, entre otros, la “responsabilidad” de velar por las buenas prácticas bancarias, y nos facilita la interpretación de las reglas de actuación del mercado financiero. Nos encontramos ante una rama del Derecho que sufre cambios drásticos casi a diario.
Reclamación comisión apertura
En base a la sentencia del 16 de marzo el Tribunal de Justicia de la UE dictó una sentencia en virtud de la cual declara nula la comisión de apertura.
El Tribunal de Justicia de la UE lleva a cabo las siguientes consideraciones:
En Nita Legal podemos reclamar esta indemnización con un pago inicial de 150€ que incluye el estudio inicial y la interposición de la demanda, y un 10% de la cantidad dineraria que se obtenga mediante la demanda. En el caso de que se condene al banco en costas, que suele ser lo más habitual, no tendrá que abonar ninguna cantidad más porque será el banco quién nos abonará los gastos procesales.
Reclamación IRPH
Según la sentencia del 3 de marzo del 2020 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó que el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) debe estar sometido a control judicial para que los tribunales españoles evalúen si se trata de cláusulas abusivas incluidas en contratos hipotecarios.
Ello se debe a que las entidades financieras no han sido transparentes a la hora de comercializar los préstamos que incluían el IRPH como índice de referencia. La sentencia deja abierta la posibilidad de reclamar ante los tribunales españoles la nulidad de la cláusula y recuperar el dinero indebidamente pagado a los bancos.
En Nita Legal podemos reclamar esta indemnización con un pago inicial de 150€ que incluye el estudio inicial y la interposición de la demanda, y un 10% de la cantidad dineraria que se obtenga mediante la demanda. En el caso de que se condene al banco en costas, que suele ser lo más habitual, no tendrá que abonar ninguna cantidad más porque será el banco quién nos abonará los gastos procesales.
Reclamación Tarjetas revolving
Mediante sentencia del Tribunal Supremo se confirmó la usura de una de sus tarjetas revolving, concretamente en el caso contra Wizink aplicable a otras compañias. Al ser el tipo de interés medio del crédito para operaciones de tarjetas de crédito y revolving en torno al 20% anual, el tipo remuneratorio se considera muy elevado y una diferencia apreciable los 7 puntos básicos de diferencia.
Puedes reclamar la nulidad del contrato de estas tarjetas y la devolución del exceso de intereses pagados.
Si el dinero pagado es más de lo prestado. Puedes reclamar judicialmente la nulidad del contrato y el exceso de capital más los intereses, el seguro y comisiones que te hayan cobrado. Si todavía no has pagado lo prestado. Puedes reclamar judicialmente la nulidad del contrato de la tarjeta y la devolución de los intereses, el seguro y las comisiones, y abonar a las entidades financieras el capital prestado que te quede por pagar.
En Nita Legal podemos reclamar esta indemnización con un pago inicial de 150€ que incluye el estudio inicial y la interposición de la demanda, y un 10% de la cantidad dineraria que se obtenga mediante la demanda. En el caso de que se condene al banco en costas, que suele ser lo más habitual, no tendrá que abonar ninguna cantidad más porque será el banco quién nos abonará los gastos procesales.
Reclamación cláusulas suelo
Las cláusulas suelo son unas cláusulas incluidas en muchos contratos hipotecarios que fijan un tipo de interés mínimo que debe abonarse por el usuario que se le concede una hipoteca. Los bancos adoptaron esta postura por la volatilidad del Euribor garantizándose así el cobro de unos intereses mínimos.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha obligado a las entidades financieras a devolver a los afectados por estas cláusulas las cantidades cobradas de más, desde la fecha de formalización de la hipoteca.
En Nita Legal podemos reclamar esta indemnización con un pago inicial de 150€ que incluye el estudio inicial y la interposición de la demanda, y un 10% de la cantidad dineraria que se obtenga mediante la demanda. En el caso de que se condene al banco en costas, que suele ser lo más habitual, no tendrá que abonar ninguna cantidad más porque será el banco quién nos abonará los gastos procesales.